CONTRATO DE
APRENDIZAJE
EMPRESA
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NIT
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DIRECCION
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TELEFONO
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REPRESENTANTE LEGAL
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CARGO
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CEDULA NO.
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NOMBRE
APRENDIZ
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CEDULA O
TARJETA IDENTIDAD
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FECHA
NACIMIENTO
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DIRECCION
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TELEFONO
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CORREO
ELECTRONICO
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ESTRATO
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FECHA
INICIACIÓN CONTRATO
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FECHA
TERMINACIÓN CONTRATO
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ESPECIALIDAD O
CURSO
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No. DE GRUPO
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EPS DEL
APRENDIZ
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ARP DEL
APRENDIZ
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INSTITUCIÓN DE
FORMACION:
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NIT:
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SI ES SENA
CENTRO DE FORMACION
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CLÁUSULAS
Entre los suscritos a
saber---------------------------------------------------, identificado con la
cédula de ciudadanía No.-------------------- de -----------------------,
actuando como Representante Legal de la Empresa
------------------------------------------------------------------------------
NIT ------------------------- quien para los efectos del presente Contrato se
denominará EMPRESA y ------------------------------------
--------------- identificado con cédula
de ciudadanía (o tarjeta de identidad) No.-----------------------
Expedida en ----------------------, quien
para los efectos del presente contrato se denominará el APRENDIZ, se suscribe
el presente Contrato de Aprendizaje, conforme a lo preceptuado por la Ley 789 de 2002 y de acuerdo a
las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- Objeto. El presente contrato tiene como objeto garantizar
al APRENDIZ la formación profesional integral en la especialidad de ____________________________
Grupo ________________, la cual se impartirá en su etapa lectiva por el ______________________________
(Centro de Formación Profesional SENA (o
por la Institución Educativa
donde el aprendiz adelanta sus estudios) mientras su etapa práctica se
desarrollará en la
EMPRESA. SEGUNDA. Duración y Períodos de la Formación : La formación
tiene un termino de duración de _____
meses, comprendidos entre el ___D__ de ___M____
de _ __A_____fecha de iniciación de la
formación y el D__ de ___M____ de _ __A_____, fecha de terminación de la misma, en el _____________________________;
la cual se encuentra distribuida así: en UN (1) periodo(s) de enseñanza(s) en el ____________________ (SENA o
INSTITUCION EDUCATIVA DE FORMACION), desde
el __D___ de ___M_____DE __A___ hasta el D__ de ___M____ de _ __A_____ y UN (1) periodo(s) de
práctica(s) en la EMPRESA
desde
el D__ de ___M____ de ___A_____ hasta el
D__ de ___M____ de _ __A_____, sucesivos y alternos. (No podrá excederse el término máximo de dos
años contenido en el Artículo 30 de la
Ley 789/02). TERCERA.- Obligaciones. 1) POR PARTE DE LA EMPRESA.- En virtud
del presente contrato la
EMPRESA deberá: a) Facilitar al APRENDIZ los medios para que
tanto en las fases Lectiva y Práctica, reciba Formación Profesional Integral,
metódica y completa en la ocupación u oficio materia del presente
contrato. b) Diligenciar y reportar al
respectivo Centro de Formación Profesional Integral del SENA (o por la Institución Educativa
donde el aprendiz adelanta sus estudios) las evaluaciones y certificaciones del
APRENDIZ en su fase práctica del aprendizaje.
C) Reconocer mensualmente al APRENDIZ, por concepto de apoyo económico
para el aprendizaje, durante la etapa lectiva, en el SENA el equivalente al 50%
de 1 s.m.l.v. y durante la etapa práctica de su formación el equivalente al 75%
de 1 s.m.l.v. PARAGRAFO.- Este apoyo
de sostenimiento no constituye salario en forma alguna, ni podrá ser regulado a través de convenios o
contratos colectivos o fallos arbítrales que recaigan sobre estos últimos. d) Afiliar al APRENDIZ, durante la etapa
práctica de su formación, a la
Aseguradora de Riesgos Profesionales _______________ (ARP
manejada por la empresa para su planta de personal), de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 30 de la
Ley 789 de 2002. E)
Afiliar al APRENDIZ y efectuar, durante las fases lectiva y práctica de la
formación, el pago mensual del aporte al régimen de Seguridad Social
correspondiente al APRENDIZ en ---------------------------- (Nombre de la EPS ), conforme al régimen
de trabajadores independientes, tal y como lo establece el Artículo
30 de la Ley 789
de 2002. Los pagos a la seguridad social (A.R.P. y E.P.S.) están a cargo en su
totalidad por el empleador f) Dar
al aprendiz la dotación de seguridad industrial, cuando el desarrollo de la
etapa práctica así lo requiera, para la protección contra accidentes y
enfermedades profesionales. 2) POR PARTE DEL APRENDIZ.- Por su parte se
compromete en virtud del presente contrato a:
a) Concurrir puntualmente a las clases durante los periodos de enseñanza
para así recibir la
Formación Profesional Integral a que se refiere el presente
Contrato, someterse a los reglamentos y normas establecidas por el respectivo
Centro de Formación del SENA ( o de la Institución Educativa donde el aprendiz adelante sus estudios), y
poner toda diligencia y aplicación para lograr el mayor rendimiento en su
Formación. B) Concurrir puntualmente
al lugar asignado por la
Empresa para desarrollar su formación en la fase práctica,
durante el periodo establecido para el mismo, en las actividades que se
le encomiende y que guarde relación con la Formación , cumpliendo con las indicaciones que le
señale la EMPRESA. En todo caso la intensidad horaria que debe
cumplir el APRENDIZ durante la etapa práctica en la EMPRESA , no podrá
exceder de 8 horas diarias y 48 horas Semanales.(según el acuerdo 000023 de
2.005) c) Proporcionar la información necesaria para que el Empleador lo afilie
como trabajador aprendiz al sistema de seguridad social en salud en la E.P .S., que elija. CUARTA.-
Supervisión. La EMPRESA podrá supervisar
al APRENDIZ en el respectivo Centro de Formación del SENA (o en el Centro
Educativo donde estuviere adelantando los estudios el aprendiz), la asistencia,
como el rendimiento académico, a efectos de verificar y asegurar la real y
efectiva utilización del tiempo en la etapa lectiva por parte de este. El SENA supervisará al APRENDIZ en la EMPRESA para que sus actividades en cada periodo
práctico correspondan al programa de la especialidad para la cual se está
formando. QUINTA.- Suspensión. El presente contrato se podrá
suspender temporalmente en los siguientes casos: a) Licencia de maternidad. b)
Incapacidades debidamente certificadas. c) Caso fortuito o fuerza mayor
debidamente certificado o constatado d) Vacaciones por parte del empleador,
siempre y cuando el aprendiz se encuentre desarrollando la etapa práctica. Parágrafo 1º. Esta suspensión debe
constar por escrito. Parágrafo 2º
Durante la suspensión el contrato se encuentra vigente, por lo tanto, la
relación de aprendizaje está vigente para las partes (Empresa y Aprendiz). SEXTA.- Terminación. El presente contrato podrá darse por
terminado en los siguientes casos: a) Por mutuo acuerdo entre las partes. B) Por el vencimiento del termino de duración
del presente Contrato. C) La cancelación
de la matrícula por parte del SENA de acuerdo con el reglamento previsto para
los alumnos. D) El bajo rendimiento o
las faltas disciplinarias cometidas en los periodos de Formación Profesional
Integral en el SENA o en la
EMPRESA , cuando a pesar de los requerimientos de la Empresa o del SENA, no se
corrijan en un plazo razonable. Cuando
la decisión la tome la Empresa ,
esta deberá obtener previo concepto favorable del SENA. E) El incumplimiento de las obligaciones
previstas para cada una de las partes. SEPTIMA.- Relación Laboral. El presente Contrato no implica relación
laboral alguna entre las partes, y se regirá en todas sus partes por el
artículo 30 y s.s. de la ley 789 de
2002. Declaración Juramentada. El APRENDIZ declara bajo la gravedad de
juramento que no se encuentra ni ha estado vinculado con la EMPRESA o con otras
EMPRESAS en una relación de aprendizaje.
Así mismo, declara que no se encuentra ni ha estado vinculado mediante
una relación laboral con la EMPRESA. OCTAVA.- El presente contrato de
aprendizaje rige a partir de D__ de ___M____ de ___A____ y termina el D__ de ___M____
de __A_____ fecha prevista como terminación de la etapa productiva que se
describe en la cláusula segunda de este contrato. Para efectos de lo anterior, firman a los D__
de ___M____ de ___A_____
Señor
empresario: Recuerde que todos los contratos de aprendizaje y pagos de
monetización deben ser registrados por parte de la empresa patrocinadora; en el
Aplicativo SISTEMA GESTION VIRUTAL DE APRENDICES; así como deben ser
registradas todas las suspensiones y/o terminaciones de Contratos de
Aprendizaje (Acuerdo 11 de Noviembre 2.008)
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