1 MAYO, 2013
De acuerdo al artículo 8° del Decreto 862 de 2013, a partir del periodo de
Mayo – Junio de 2013 estarán exentos de realizar los respectivos aportes
parafiscales al SENA e ICBF los aportantes que se enuncia a continuación,
situación que se deberá empezar a reportar en la Planilla Integrada de
Liquidación de Aportes- PILA, para el pago que se haga por la
nómina del mes de mayo de 2013.
Los aportantes a los cuales se aplica la exoneración de aportes, por los
trabajadores que devenguen individualmente igual o menos de diez (10) SMLMV,
son los siguientes:
1. Sociedades y personas
jurídicas asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y
complementarios.
2. Sociedades y entidades extranjeras contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta por sus ingresos de fuente nacional obtenidos mediante sucursales y establecimientos permanentes.
3. Sociedades declaradas
como zonas francas después del 31 de diciembre de 2012.
4. Personas naturales que
empleen dos o más trabajadores.
Los aportantes a los cuales NO les aplica la exoneración de aportes, y por
ende deben seguir pagando los respectivos aportes a ICBF y SENA, son los
siguientes:
1. Los empleadores por
los trabajadores que individualmente devenguen más de diez (10) SMLMV.
2. Sociedades no
contribuyentes de renta.
3. Entidades sin ánimo de
lucro.
4. Sociedades declaradas
como zonas francas al 31 de diciembre de 2012, o aquellas que hayan radicado la
respectiva solicitud ante el Comité Intersectorial de zonas francas, y los
usuarios que se hayan calificado o se califiquen a futuro en estas.
5. Personas naturales que
empleen menos de dos trabajadores.
Tomado de Simple S.A
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