jueves, 6 de marzo de 2014

Los que están exentos de los aportes parafiscales al Sena y al ICBF


1 MAYO, 2013 
De acuerdo al artículo 8° del Decreto 862 de 2013, a partir del periodo de Mayo – Junio de 2013 estarán exentos de realizar los respectivos aportes parafiscales al SENA e ICBF los aportantes que se enuncia a continuación, situación que se deberá empezar a reportar en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes- PILA,   para el pago que se haga por la nómina del mes de mayo de 2013.
Los aportantes a los cuales se aplica la exoneración de aportes, por los trabajadores que devenguen individualmente igual o menos de diez (10) SMLMV, son los siguientes:
1.     Sociedades y personas jurídicas asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios. 

2.     Sociedades y entidades extranjeras contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta por sus ingresos de fuente nacional obtenidos mediante sucursales y establecimientos permanentes. 
3.     Sociedades declaradas como zonas francas después del 31 de diciembre de 2012. 
4.     Personas naturales que empleen dos o más trabajadores.
Los aportantes a los cuales NO les aplica la exoneración de aportes, y por ende deben seguir pagando los respectivos aportes a ICBF y SENA, son los siguientes:
1.     Los empleadores por los trabajadores que individualmente devenguen más de diez (10) SMLMV.
2.    Sociedades no contribuyentes de renta.
3.    Entidades sin ánimo de lucro.
4.    Sociedades declaradas como zonas francas al 31 de diciembre de 2012, o aquellas que hayan radicado la respectiva solicitud ante el Comité Intersectorial de zonas francas, y los usuarios que se hayan calificado o se califiquen a futuro en estas.
5.    Personas naturales que empleen menos de dos trabajadores.



Tomado de Simple S.A


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